Nueva etiqueta de vino de la UE: antecedentes y ejemplos
Con el Reglamento 2021/2117 de la UE, la declaración del vino se adaptará a la normativa vigente para los alimentos. La lista de información obligatoria incluirá la lista de ingredientes y una declaración nutricional. Esta normativa entrará en vigor el 8 de diciembre de 2023. Normalmente, los nuevos requisitos van acompañados de normas de venta para los productos que ya han sido embotellados, etiquetados y están en el mercado, pero en este caso aún no se han determinado.
En el caso de los productos alimenticios, la indicación de una lista de ingredientes y una declaración nutricional ya es obligatoria desde hace tiempo. El objetivo del Reglamento sobre información alimentaria es ofrecer a los consumidores información completa al comprar alimentos y dar a los productores del mercado interior europeo especificaciones uniformes y claras para el etiquetado y la designación.
El reglamento también afecta a las listas de precios y las tiendas web.
Sólo el material publicitario general que no permita tomar una decisión de compra o que no ofrezca una opción de pedido inmediato no necesita esta información.
Etiqueta electrónica
Requisitos de la etiqueta electrónica
Con la llamada "etiqueta electrónica", la declaración nutricional completa y la lista de ingredientes pueden indicarse electrónicamente.
En el caso de una etiqueta electrónica, el valor calórico y la información sobre alérgenos también deben figurar en la etiqueta del vino.
En el caso de una etiqueta electrónica, el etiquetado de alérgenos también puede figurar fuera del campo de visión de la información obligatoria.
Una etiqueta electrónica es un código QR en la etiqueta del vino. Se puede leer con un smartphone. A continuación, el smartphone conduce a un sitio web correspondiente (servicio de alojamiento de archivos) donde se almacenan los datos.
ATENCIÓN
La etiqueta electrónica no permite la recopilación o el seguimiento de los datos del usuario ni el suministro de información con fines comerciales.
La etiqueta electrónica debe conservarse mientras el vino esté a la venta.
No se prescribe un tamaño mínimo para el código QR. Para que sean fácilmente legibles, los códigos QR deben tener un tamaño mínimo de 1 x 1 cm.
Declaración nutricional
La declaración nutricional incluye información sobre el valor calórico, el contenido de grasas, ácidos grasos saturados, hidratos de carbono, azúcar, proteínas y sal.
Se prescribe una forma tabular en la que la información se refiere a 100 ml.
En las botellas de vino siempre hay espacio suficiente para una etiqueta del tamaño adecuado en la que se puede colocar una tabla con el tamaño de letra prescrito; lo mismo se aplica sin duda a los sitios web. Si no hay espacio suficiente para una tabla, por ejemplo en los medios impresos (listas de precios), la información también puede enumerarse una tras otra.
Las grasas, los ácidos grasos saturados, las proteínas y la sal sólo están presentes en el vino en cantidades insignificantes. No se facilita un análisis de estos valores.
De acuerdo con las orientaciones de la UE sobre etiquetado nutricional, es suficiente la declaración: "Contiene cantidades insignificantes de grasas, ácidos grasos saturados, proteínas y sal" debajo de la tabla.
Hidratos de carbono, azúcar y valor calórico
Según el Reglamento alimentario, los valores de una tabla nutricional pueden basarse en un análisis alimentario.
Los hidratos de carbono contenidos en el vino están compuestos principalmente por los azúcares glucosa y fructosa.
En el vino, la proporción de polisacáridos es tan baja que las cantidades indicadas para los hidratos de carbono y los azúcares son las mismas.
Este principio ya se ha aplicado al zumo de uva. El contenido de hidratos de carbono y azúcares por 100 ml puede indicarse con una precisión de 1 g o, más exactamente, con una precisión de 0,1 g con punto decimal.
Etiquetado nutricional
die Anforderungen an die Nährwertkennzeichnung
Una etiqueta nutricional debe contener la siguiente información.
Se seguirá el orden y se utilizarán las unidades mencionadas.
La información debe darse en forma de tabla, con los números uno debajo del otro.
La información nutricional se refiere siempre a 100 ml.
En el vino, las cantidades de grasas, ácidos grasos saturados, proteínas y sal pueden declararse como una cantidad menor cuando proceda. Dado que no se añade sal al vino, puede aparecer muy cerca de la declaración nutricional una declaración que indique que el contenido de sal se debe únicamente a la presencia de sodio natural.
Además de la tabla nutricional, también puede indicarse el contenido energético y las cantidades de grasa, ácidos grasos saturados, azúcares y sal.
Los ácidos grasos saturados, los azúcares y la sal también pueden repetirse en el anverso. La información puede indicarse aquí por porción, pero el valor calórico debe indicarse también por 100 ml.
Ejemplo de tabla nutricional para el vino. Se da un valor para todos los parámetros; referencia voluntaria al contenido de sal.
Información nutricional | por 100ml |
Valor calórico | 349 kJ / 82 kcal |
Grasa | 0,01 g |
ácidos grasos saturados | 0,002 g |
Hidratos de carbono | 1,7g |
de los cuales azúcar | 1,7g |
Proteínas | 0,02g |
Sal | 0,008 g* |
Lista de ingredientes
Un "aditivo alimentario" es una sustancia, con o sin valor nutritivo, que normalmente no se consume como alimento en sí ni se utiliza como ingrediente alimentario característico, y que se añade a un alimento por razones tecnológicas durante su fabricación, transformación, preparación, tratamiento, envasado, transporte o almacenamiento, como resultado de lo cual ella o sus subproductos se convierten o pueden convertirse directa o indirectamente en un componente del alimento.
Los aditivos alimentarios figuran en la lista de ingredientes
La lista de ingredientes sólo es necesaria si se utilizan varios ingredientes; si el vino es el único ingrediente, no se requiere lista de ingredientes.
Como alternativa a su nombre, los aditivos también pueden indicarse con su número E.
La lista de ingredientes debe ir precedida de un encabezamiento o una designación adecuada en la que aparezca la palabra "ingredientes". Lo más sencillo es anteponer a la lista de ingredientes la palabra "ingredientes" o "lista de ingredientes". A continuación, se indican los ingredientes del vino utilizado para su elaboración.
El orden es descendente, ordenado por la cantidad de ingredientes utilizados. La palabra "uvas" irá en primer lugar.
Le sigue el término "sacarosa" en el caso del enriquecimiento. En caso de enriquecimiento con mosto de uva rectificado
En caso de aumento artificial del grado alcohólico natural con mosto de uva concentrado rectificado o mosto de uva concentrado, se insertará el término "mosto de uva concentrado". En el caso de los vinos espumosos, se utilizarán los términos "licor de tiraje" y "licor de expedición", solos o con una lista de ingredientes reales de conformidad con el Reglamento UE 2019 /934 Anexo II.
Los ingredientes con una participación cuantitativa inferior al dos por ciento pueden enumerarse en cualquier orden. Una declaración cuantitativa concreta en porcentaje, según la llamada regla Quid, es necesaria para los ingredientes que se destacan en el envase del alimento mediante palabras o ilustraciones.
La norma de etiquetado cuantitativo QUID (Quantitative Ingredient Declaration) estipula que los ingredientes que dan valor y sabor que se mencionan en el nombre del alimento o se destacan mediante ilustraciones deben indicarse con su porcentaje en la lista de ingredientes.
Lista de ingredientes
- siempre el primer ingrediente será "uva
- en caso de aumento artificial del grado alcohólico natural, el segundo ingrediente será "sacarosa
- en caso de aumento artificial del grado alcohólico natural con mosto de uva concentrado rectificado o mosto de uva concentrado, se inserta el término "mosto de uva concentrado
- en el caso de la elaboración de vino espumoso, se incluyen "licor de tiraje" y "licor de expedición
aditivos enológicos
(lista completa en el Reglamento UE 2019/934)
Reguladores de la acidez:
- Ácido tartárico (L+), E334
- Ácido málico, E296
- Ácido láctico, E270
- Sulfato de calcio, 516
- Ácido cítrico, E330
- Si hay más de uno, también X "y/o" Y "y/o" Z
Estabilizadores:
- poliaspartato de potasio, E456
- ácido metatartárico, E353
- goma arábiga, E414
- Ácido fumárico, E 297
- Ácido cítrico, E330
- Carboximetilcelulosa, E466
- Manoproteínas de levadura para la estabilización del tartrato
- Si hay más de uno, también X, Y "y/o" Z
gases y gases de envasado - simultáneamente con estos últimos en el correspondiente
llenado en el recipiente correspondiente:
- Argón, E938
- Nitrógeno, E941
- Dióxido de carbono, E290
- "llenado en atmósfera protectora".
Conservantes y antioxidantes:
- Lisozima, E1105
- Sorbato de potasio, E202
- Dimetildicarbonato (DMDC), E242
- Ácido L-ascórbico, E300
- Sulfitos
Los aditivos alimentarios se enumerarán con el nombre de la clase seguido del nombre o el número E:
El nombre de la clase aclara qué tareas realiza la sustancia en un alimento (por ejemplo, estabilizantes).
auxiliares tecnológicos enológicos
Sustancias que no figuran en la lista de ingredientes
(lista completa en el Reglamento UE 2019/934).
- todas las sustancias de desacidificación
- Adsorbentes - (carbón activado, fibras vegetales selectivas)
- Agentes de fermentación - (levaduras, bacterias)
- Enzimas
- Activadores de la fermentación alcohólica y maloláctica
Fermentación - (nutrientes, levaduras inactivadas)
- Clarificantes - (gelatina, PVPP, bentonita, taninos,...)
- Estabilizantes - (tártaro de contacto)
- Corrección de carencias - (sulfato de cobre, citrato de cobre)
Los aditivos de las categorías "reguladores de la acidez" y "estabilizadores" pueden combinarse con "y/o".
Ejemplo: "Reguladores de la acidez: Ácido tartárico (L+) y/o ácido málico y/o ácido láctico".
Aunque el vino sólo contenga una de estas sustancias, puede ir seguida de una lista de todas las posibles sustancias alternativas de la categoría. Con ello se pretende garantizar que puedan seguir tomándose decisiones ad hoc durante el embotellado. Se añadirán dos puntos tras el término de la categoría
("reguladores de la acidez:" "estabilizantes:" etc.).
Los gases
Los gases no llevan un nombre de clase delante. Los gases utilizados en el embotellado, dióxido de carbono, argón y nitrógeno, desplazan al oxígeno en el embotellado pero no pasan a formar parte del producto.
Las decisiones sobre el uso de gases se toman a veces con poca antelación y la inclusión de gases en la lista de ingredientes puede confundir a los consumidores sobre la composición del vino.
Los gases figuran en la lista de ingredientes de la siguiente manera: "embotellado en atmósfera modificada" o "el embotellado puede haber tenido lugar en atmósfera modificada".
El nombre químico o el número E indica de qué sustancia se trata (por ejemplo, ácido cítrico o E 330). Los números E son una especie de código que permite identificar estos aditivos independientemente del idioma. Dado que los aditivos suelen tener nombres químicos complicados, la lista de ingredientes de los productos puede ser más clara y breve si sólo se indica el número E correspondiente en lugar del nombre completo.
Alérgenos
Las sustancias que pueden provocar alergias o intolerancias deben figurar en la lista de ingredientes. Además, estas sustancias y productos deben resaltarse adicionalmente en la lista de ingredientes, por ejemplo, mediante el tipo de letra, el estilo de letra (por ejemplo, negrita) o el color de fondo.
El término "sulfitos" se utiliza en la lista de ingredientes. En el caso de un código QR, el término "Contiene sulfitos" se utilizará en la etiqueta como antes.
Ayuda a la transformación
Los auxiliares tecnológicos se utilizan temporalmente en la fabricación de un producto alimenticio y posteriormente se eliminan. No obstante, en el producto acabado pueden estar presentes trazas no intencionadas y técnicamente inevitables, siempre que los residuos no supongan un riesgo para la salud y no tengan un impacto tecnológico en el producto acabado. Los coadyuvantes tecnológicos no figuran en la lista de ingredientes.
Una excepción son los alérgenos, que siempre deben indicarse, como la leche y el huevo en una concentración superior a 0,25 mg/l.
El dióxido de azufre y los sulfitos deben indicarse en una concentración superior a 10 mg/l.
Los coadyuvantes tecnológicos son, por ejemplo, sustancias desacidificantes, carbón activado, activadores de la fermentación alcohólica y maloláctica, levaduras inactivadas, bacterias, coadyuvantes de clarificación, tártaro de contacto, enzimas, sulfato de cobre y otros.
En términos más sencillos, los coadyuvantes tecnológicos son todas las sustancias que están permitidas y no son un ingrediente. La lista
lista se puede encontrar en el Reglamento UE 2019/934.
Idioma
Según los conocimientos actuales, existen declaraciones contradictorias sobre la lengua, mientras que el Reglamento UE 2013/1308 Artículo 121 dice: "(1) Cuando se faciliten las menciones obligatorias y facultativas ..., se hará en una o varias lenguas oficiales de la Unión."
Dice el Reglamento de Información Alimentaria (RI) en su artículo 15 "... la información alimentaria obligatoria se redactará en una lengua fácilmente comprensible para los consumidores de los Estados miembros en los que se comercialice un alimento."
Existe el llamado Conflicto General de Leyes según el cual:
La ley más específica desplaza a la general. La ley posterior desplaza a la anterior. La ley de rango superior desplaza a la de rango inferior. Aún no está claro qué norma se aplicará en este caso.
Para las exportaciones a países de la UE, sin duda tiene sentido preparar el etiquetado de ingredientes y propiedades nutritivas en una lengua fácilmente comprensible para los consumidores de los Estados miembros en los que se comercializa un alimento.
La indicación de los alérgenos debe estar en una lengua fácilmente comprensible para los consumidores del Estado miembro en el que se comercializa, como ya es el caso.
Ejemplos de etiquetas
Para las etiquetas, se aplica un tamaño de fuente mínimo de al menos 1,2 mm de altura x. La altura x es la altura regular, medida desde la línea de base, de las letras minúsculas de un tipo de letra que no tiene ascendente, como la x. Se aplican especificaciones diferentes al tamaño de letra de la cantidad nominal de llenado, que depende del tamaño de la botella y es de 4 mm para un volumen nominal de 200 a 1.000 ml. Los siguientes ejemplos de etiquetas no están a escala.





Conclusión:
Con el Reglamento 2021/2117 de la UE, la declaración del vino se adaptará a la normativa vigente para los alimentos.
La lista de ingredientes y la declaración nutricional se añadirán a la lista de información obligatoria. Para calcular los hidratos de carbono y el valor calorífico, se requiere un análisis del alcohol, la glicerina (en este caso, también podría utilizarse un valor empírico, por ejemplo, el 10% del contenido de alcohol existente), el azúcar y la acidez total.
La lista de ingredientes distingue entre "aditivo alimentario" y "coadyuvante tecnológico"; sólo se enumeran los aditivos. Todos los que comercializan vino a los consumidores finales tendrán que adaptar las etiquetas de los vinos, las listas de precios y las tiendas web, y ya pueden prepararse desde hoy mismo.
Fuente : Bernhard Schandelmaier